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Colombia - Cargada el 13.10.2008 21:00:39 COT 


Columnas

Las voces de equinoXio

“Registrar” una obra: ¿cómo? y ¿para qué? (por ejemplo, Safe Creative)

Columnas > Libreta de Notas Por: carobotero

18 de Septiembre de 2008 12:48 COT

Muchos de los que crean obras tienen su propia idea de lo que es “registrar” una obra, muchas veces la asocian con el título que les da la "propiedad "sobre la misma o creen que los blinda de problemas de derecho de autor futuro o ni siquiera se han planteado lo que es eso, en mi experiencia este es uno de los puntos sobre los que, por ejemplo, los docentes tienen muchas dudas. Pero, para mí últimamente lo más interesante es que una institución centenaria como el registro está tomando nueva vida por cuenta de las licencias y de su uso como mecanismo de gestión de derechos de autor en Internet, pues es una herramienta para determinar quién alega ser el autor, desde cuando, como gestiona su derecho de autor (¿todos los derechos reservados?, ¿una licencia de Creative Commons?, ¿otra?, etc.), si pensamos en la compleja maraña de autorizaciones que necesitamos aclarar para reutilizar obras en ambientes Web 2.0, quizá el sistema de registro sea útil… si no me siguen, tal vez explicarlo sirva de algo.

En primer lugar para entender un poco lo que es “registrar” una obra en materia de derecho de autor puede ser útil comparar lo que sucede con una obra (protegida por derecho de autor) y lo que sucede con un invento (protegida por la propiedad industrial a través de una patente).

- Las patentes deben solicitarse a una entidad asignada por el Estado que después de un análisis concede la patente y es ese documento, que certifica la concesión de la patente, el que cuenta por que dice: "esta persona tiene un derecho exclusivo", de hecho, cuando no has solicitado la protección y haces pública la invención, pierdes la protección y ésta pasa al dominio público.

- En derecho de autor, por el contrario, tu obra está protegida desde que se materializa, el registro no da el derecho, es tan solo una posible prueba. Pero ATENCIÓN: el registro en este caso no da el derecho y tampoco es la única prueba válida, otorga una presunción sobre los datos que declara y en todo caso puede controvertirse o desvirtuarse. De otra parte, es importante resaltar que el autor no está obligado a registrar y puede usar otros medios de prueba (testimonios, documentos, fotos, etc.).

El registro como se ha entendido hasta ahora es un tema oficial, lo hace una entidad estatal y centralizada que mantiene el record de las obras, se trata de un registro público que da una presunción sobre la autoría (en Colombia, el Registro Nacional de Derecho de Autor) pero que puede pelearse en corte.

El registro es un tema interesante pues la situación que les describo no ha sido siempre así, antiguamente las obras que se protegían eran precisamente aquellas que se registraban y si bien esto se ha discutido mucho para países como EUA, lo cierto es que también era lo que sucedía en países como Colombia, porque en la ley de derecho de autor de 1946 también daba un alcance diferente al actual.

¿Y cómo ha cambiado el registro con la tecnología? Realmente no mucho, aunque debemos mencionar que en Colombia el registro ya se hace en línea, lo que es muy buena noticia e incluso, creo, un proyecto de vanguardia al menos en la región; eso sí habría que mencionar que el alcance inicial de este registro en línea era amplio pero hace poco se limitó a los nacionales colombianos.

Pero, es sorprendente cómo de la mano de quienes licencian contenidos en Internet, el registro se ha convertido en una posibilidad que va más allá de poder probar la autoría y se extiende a temas de fechas de licenciamientos y de poder establecer qué licencia estaba vigente cuando, de modo que se puedan establecer las autorizaciones que se tienen y cuándo. Si pensamos en la cantidad de contenidos que se están licenciando y en la locura que es garantizar las autorizaciones, no podemos sino concluir que el tema será importante hoy, pero, sobre todo en el futuro.

Para enfrentar este reto tecnológico en forma amplia se han creado algunas iniciativas de las que conozco Registered Commons y Safe Creative, aunque se debe mencionar que Coloriuris ha soportado parte de su estrategia de licenciamiento en un sistema de registro con estos fines.

Más allá de lo que les he contado, realmente no domino el tema, pero en estos días uno de los responsables de Safe Creative me escribió para contarme con más detalles de que se trata el proyecto y como creo que a muchos puede interesarles pues reproduzco su correo, quizá esto nos aclare a todos ¿de qué se trata?, ¿para que nos sirve? o interesante, pero… ¿qué opinas? ¿sirve? ¿te solucionaría un problema?

¿Qué es Safe Creative y para qué sirve?

Tal vez esta sea la primera de las preguntas y la pregunta del millón; “¿de qué vive Safe Creative si es gratuito?” siempre va a la zaga. Voy a Intentar responder a estas preguntas y a otras más; como cual es la diferencia entre Safe Creative y Creative Commons. En el fondo están todas interconectadas, pero son sin duda las más frecuentes y las que, al responder, mejor explican cómo puede ser Safe Creative una interesante herramienta para proteger los contenidos en Internet.

Porque entendemos que la mejor manera de proteger los contenidos no pasa tanto por el uso de restricciones, sino más bien al contrario por abrir el contenido para que sea accesible a más y más ciudadanos. Sin embargo el facilitar el acceso a los contenidos presenta importantes desafíos siendo el primero el de poder informar con garantías de la autoría. Nada protege más que poder informar y ser informado sobre qué se puede o no hacer con una obra… e informar y ser informado sobre quién es el autor de ésta.

Hoy en día tal vez el mayor problema con el que nos enfrentamos es la piratería. ¡Ojo! La piratería de verdad, la del plagio, a la que tan acostumbrada está parte de la industria del entretenimiento. Por eso a la hora de publicar un contenido en Internet no basta con decir en el sitio en concreto quién es el autor y qué licencia lleva, sino que es interesante que quede un registro permanente en algún sitio que acredite dicha declaración y que se pueda usar en esa web y en cualquier otra. Safe Creative es nada más que eso, un registro de la propiedad intelectual pero online (y gratis), o tal vez mejor sería llamarlo registro de autoría. En nuestra web un usuario que ha creado algo original lo puede subir y asociarlo a una licencia determinada. Nosotros guardamos la copia (que además sirve de backup) y facilitamos un certificado digital que sería una prueba del registro en caso de plagio. En este documento físico y digital queda constancia de la obra, el nombre del autor y la licencia escogida que puede ser tanto copyleft como “todos los derechos reservados”. Así pues Safe Creative es un complemento ideal para las licencias de todo tipo, y en especial las libres que se están desarrollando como Creative Commons.

Una ventaja adicional es que podemos cambiar la licencia cuando queramos, teniendo en cuenta las posibles repercusiones que se puedan derivar de este cambio si alguien ya está usando nuestra obra con la licencia anterior. Así pues que con las etiquetas y los códigos html que facilitamos cualquier persona puede saber en cualquier momento qué licencia y quién es el autor de la obra. En caso de volver a usar la obra, basta con poner dicho código que enlaza a la página de registro del autor. Bueno, y eso sin contar que las páginas de las licencias CC de Safe Creative cuentan con la potencia del estándar W3C ccREL para la indexación semántica de la Web del futuro, la futura Web 3.0.

Pensando en positivo, gracias a la unión de licencias potentes como Creative Commons y a la posibilidad de informar en todo momento de los detalles de la obra, podemos dar a conocer nuestro trabajo con mayor tranquilidad. Tenemos prueba sólida del registro, copia de seguridad y facilitamos información sobre nuestra autoría a cualquier usuario. Tal vez la mejor combinación para fomentar la creatividad en la red.

Ah, y varios proyectos web 2.0 van a ir implementando nuestra herramienta para que sus usuarios puedan registrar sus contenidos automáticamente.

¿Pero de qué vive Safe Creative? Bueno, ahora el proyecto se nutre de fondos de capital riesgo. Creemos que Internet es un ambiente muy cambiante y lo importante es dar valor y estar atentos a lo que el futuro depare. Ya percibimos varios modelos de negocio y otros paralelos que nada o poco tienen que ver con la creatividad empiezan a consolidarse (a nivel de certificaciones de varios tipos), pero estamos seguro que con la progresión que estamos viviendo los negocios se irán perfilando más y más claramente conforme más y más usuarios vean las ventajas de usar nuestros servicios. Serán servicios especiales, claro, porque en esencia, el registro individual permanecerá gratuito.

Os invitamos a estar atentos a nuestra web, porque en pocos días habrá cambios de usabilidad muy interesantes.

Mario Pena (Community and Business Developer, Safe Creative www.safecreative.org)


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Aumentar el plazo de protección del derecho de autor, el campo de batalla hoy está en Europa

Columnas > Libreta de Notas Por: carobotero

26 de Julio de 2008 7:16 COT

Europe, foto de alibaba0 en flickr http://www.flickr.com/photos/alibaba0/106131517/

Siguiendo el ejemplo de Estados Unidos hace una década el pasado 16 de julio la Comisión de la Unión Europea aprobó una propuesta para la extensión del término de derecho de autor para los intérpretes de fonogramas que obliga a los estados miembros a ampliar la protección de 50 a 95 años. La propuesta original fue presentada el pasado febrero por el comisionado Charlie Mc Creevy, quien decía: "estoy comprometido a concentrar todos los esfuerzos que sean necesarios para asegurar que los intérpretes tengan un ingreso decente y que en los años venideros habrá una industria musical europea".

Todo indica que esta aprobación es el resultado de un importante y creciente lobby que la industria del entretenimiento ha desplegado en Europa después de que en varios escenarios estudiosos aconsejaran no incrementar ese plazo de protección. La decisión coincide además con otras estrategias de política pública que a nivel internacional continúan presionando normas y acuerdos para fortalecer el sistema de derecho de autor en favor de los titulares sin considerar que se trata de un entorno delicado que afecta también otros intereses y equilibrios importantes en terrenos como creatividad, innovación, educación, cultura…

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Aprobado el Documento CONPES 3533 (Propiedad Intelectual)

Columnas > Libreta de Notas Por: carobotero

17 de Julio de 2008 6:54 COT

Estaba escribiendo una entrada para mi blog sobre el reciente apoyo expreso de la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual), en el marco de la recomendación 23 de la Agenda para el Desarrollo,al fortalecimiento del dominio público y a las nuevas formas de licenciamiento en derecho de autor, especialmente software libre y Creative Commons, ambos temas que han sido objetados por el gobierno colombiano en foros internacionales y silenciados en documentos internos como el proyecto de Conpes del que me enteré y les comuniqué hace unos meses. Decidí revisar en qué iba el tema y me encontré con que precisamente el pasado 14 de julio el documento “Bases de un Plan de Acción para la Adecuación del Sistema de Propiedad Intelectual a la Competitividad y Productividad Nacional 2008 – 2010” fue presentado al CONPES, fue aprobado, se convierte en guía de política pública y finalmente en un documento público que podemos analizar abiertamente.

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Satanás en 2007 fue mucho más allá de Perro come perro en 2008

Columnas > Libreta de Notas Por: carobotero

4 de Junio de 2008 9:43 COT

Imagen de la película - Licencia byncsa

Mi entusiasmo de la semana pasada con el descubrimiento de que una de las canciones de la película Perro come perro estaba disponible para descarga en línea con una licencia Creative Commons ha sido ampliamente superado cuando Datalove me comentó que el proyecto pionero en Colombia de este tipo de iniciativas fue la película Satanás en 2007.

Efectivamente Satanás tiene una propuesta de Libre Cultura mucho más interesante que la de Perro come perro. Todo el sitio de la película está licenciado con Creative Commons y la licencia elegida en este caso es una licencia copyleft (se trata de la by-nc-sa Colombia 2.5), es decir, a menos que se diga otra cosa los trailers, fotos, imágenes, textos, videocasts, etc., incluidas las 6 canciones de la banda sonora que están para descarga, tienen no sólo la autorización previa de los titulares del derecho de autor de los mismos para descargarlos y compartirlos cuando no haya interés comercial (incluso pasarlos a tus amigos o ponerlos en tu blog como en Las reglas de Malalma, de Perro come perro), sino que se autoriza a cualquiera a modificar las obras siempre y cuando la que resulte se licencie en los mismos términos de la original  (se mantiene la condición es que no haya interés comercial). 

Evidentemente el alcance de la decisión del equipo de Satanás es muchísimo más amplio y me sirve para comentar una situación específica que discutíamos en días pasados en el evento Derechos e Izquierdos organizado por la facturad de Cine y Televisión de la Universidad Nacional y Proimágenes, se trata de ciertas barreras que el derecho de autor impone a los procesos de enseñanza/aprendizaje en general y a este entorno educativo en los medios audiovisuales en particular.

Ya en otras oportunidades he comentado sobre el importante vínculo entre lo lúdico y el aprendizaje y como esta relación es un motor en entornos informales, en tanto que es también una posibilidad que debe potenciarse en el esquema de enseñanza formal. He comentado también como la necesidad de manipular y usar contenidos protegidos en el entorno educativo no se ha considerado en las últimas reformas al derecho de autor en Colombia, lo que hace que muchas de las prácticas propias de los profesores en su institución educativa sean ilegales.

En el mencionado foro Derechos e Izquierdos habló un profesor de la Universidad Nacional, Gabriel Alba, sobre la problemática de los docentes en este campo. Tradicionalmente el sistema de derecho de autor consagra una serie de limitaciones y excepciones que incluyen varios presupuestos para el entorno educativo, sin embargo desde hace varios años tales excepciones no se han actualizado y desconocen varias realidades como el hecho de que los audiovisuales sean herramientas necesarias de enseñanza en cualquier nivel de la educación y por supuesto una necesidad en una facultad de cine y televisión (ilustró su punto con un concepto de la Dirección Nacional de Derecho de Autor que explicaba el tema).

El profesor Alba describía y exponía esa necesidad en formas que yo no puedo repetir pero que para mí se caen de su peso en generaciones cada vez más “audiovisuales” y en carreras como la de Cine y TV de la Nacional (lo que no se me ocurre es ¿cómo estudiar cine sin usar cine?). La exposición del profesor seguía con un discurso muy vehemente en el que exponía su propio calvario como docente de cine y televisión puesto que no es posible utilizar en la clase legalmente películas como herramientas docentes por cuanto no es una excepción expresa en la ley.

Esta visión que es la de un docente va paralela a la de los estudiantes de estas carreras que deben hacer sus cortos, documentales, etc., y se ven amarrados por las normas legales que no privilegian este tipo de usos como algo que deba promocionarse en términos de una excepción, por lo que al final las producciones (por muy buenas, creativas o fabulosas que sean) están condenadas a ser secretas pues normalmente violan “todos los derechos reservados” de las obras que han incorporado (la música, por ejemplo) y no podrían, por ejemplo, presentarse a un festival o en general, ser comunicadas públicamente.

Esta situación pone en el umbral de la ilegalidad a los docentes y estudiantes quienes en todo caso hacen uso de estas obras en sus procesos de enseñanza/aprendizaje. Artistas como Moby han reconocido en esta situación su pesadilla de estudiante y “sin plata”, por lo que tiene ahora mobygratis.com que permite un acceso y uso gratuito de su música en este tipo de entornos. Algunos estudiantes y profesores han empezado a navegar la red buscando material disponible que haya sido licenciado por sus titulares con licencias libres y que, por este hecho, les permita legalmente frente a los contenidos lo que la ley no les favorece. No es necesariamente un mal negocio, si uno fideliza a los estudiantes tiene asegurado el consumidor del futuro, ¡esa táctica la usan hasta los bancos! Y estoy segura de que está de alguna forma en la mente de Moby, por ejemplo.

Los estudiantes y profesores pueden encontrar material que está licenciado de manera que pueda ser reutilizado y ese es, en mi sentir, el gran impacto de Satanás. Su impacto está más allá de permitirnos descargar y disfrutar la banda sonora y pasa a evidenciar a quienes se mueven en este medio, me gustaría creer que particularmente a la cantera del cine colombiano del futuro, que la gente de esta película les está haciendo un fabuloso regalo, les está permitiendo usos que tradicionalmente les están vedados sin una autorización expresa, que normalmente en el cine comercial implica un pago. No se permite para la película como un todo pero sí para su material de soporte que está en el sitio, de este modo hay una invitación a que JUEGUEN CON ESTE MATERIAL. Creo que este tipo de apuestas para entornos educativos, que normalmente son identificados por todos como entornos no comerciales, son necesarias y significarán con el tiempo cambios sustanciales en la forma como los creadores del futuro se aproximarán a la idea de “control” de sus propias obras, puesto que les hará evidente la necesidad de compartir (al menos es el motor de Moby hoy para “regalar”) y no sólo proteger.

Ojalá siga estando equivocada al decir que esta es una iniciativa sin precedentes, ojalá otros me muestren que hay muchas más que estén fortaleciendo también a su manera procesos creativos.


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Aprendizaje en entornos de entretenimiento, se acerca Campus Party Colombia

Columnas > Libreta de Notas Por: carobotero

27 de Mayo de 2008 18:07 COT

En julio de 2006 yo hablaba sobre ¿Cómo aprenden los niños? en un artículo publicado en Essentia Libre y en Aprender la Libertad. En este artículo comentaba una conferencia de Mimi Ito, investigadora y antropóloga cultural en Estados Unidos, en la que había escuchado como ella se refería a la investigación que venía adelantando sobre el aprendizaje informal de los niños en la era digital.

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La Corte Suprema de Justicia sienta precedente sobre “ánimo de lucro”, “uso personal”, etc.

Columnas > Libreta de Notas Por: carobotero

9 de Mayo de 2008 15:33 COT

El pasado fin de semana muchos fuimos los sorprendidos con la noticia de un fallo de casación en la Corte Suprema de Justicia colombiana que en materia penal absolvía a un ciudadano colombiano por “conductas supuestamente constitutivas de violación a los derechos patrimoniales de autor” y, nos contaban los periódicos:

Palacio de Justicia

He tenido una semana terrible, pero además decidí esperar a tener la sentencia para no soportar mis comentarios en los textos parciales que se conocieron a través de las noticias (me parecían contradictorias dado que el caso que da lugar a la sentencia se refería a la copia de CD y los periodistas hablaban de descargas de música de Internet), gracias a JP esto finalmente sucedió y puedo escribir mis comentarios.

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Internet, plataforma de expresión cultural, acceso al conocimiento y participación democrática, no exclusivamente medio para violar el derecho de autor: Parlamento Europeo

Columnas > Libreta de Notas Por: carobotero

12 de Abril de 2008 9:14 COT

El derecho de autor es para algunos un tema de los autores (detrás de quienes se escudan, especialmente en los últimos tiempos, los titulares de los derechos de autor que son finalmente la industria cultural y del entretenimiento) en el que no cabe la consideración de otros intereses. Con el discurso que busca proteger y fortalecer los intereses de los “autores”, muchas veces se ocultan y descalifican otros intereses tan sublimes e importantes como el de los primeros como, por ejemplo, la cultura y la educación.

Sin embargo, esta situación no es pacífica; es un tema de la mayor actualidad y las pequeñas batallas que en temas concretos se están dando muestran la necesidad de nuevos equilibrios: los invito a dimensionar la decisión del Parlamento Europeo de esta semana en la que decide instar a sus Estados Miembros a no tomar medidas extremas en relación con la posibilidad de suspender la conexión a Internet de los usuarios que puedan estar violando el derecho de autor por cuanto puede ser una medida excesiva vista a la luz de derechos humanos como el de derecho al acceso a la cultura. Aunque es un tema muy puntual y técnico sus efectos son generales nos afecta a todos, por lo que quisiera exponer los puntos básicos de esos temas técnicos para explicar por que hoy es un tema que nos tiene a todos pensando en sus implicaciones.

El P2P es el malo del paseo

El P2P (peer-to-peer, un sistema de intercambio de archivos por Internet) se ha convertido en el caballito de batalla de la industria cultural y del entretenimiento, en él se conjugan todos los grandes riesgos que representa la tecnología para la pérdida de control del autor sobre su obra. En torno al hecho de que la tecnología facilite el acceso a las obras protegidas y que la gente esté descargando masivamente en Internet contenidos, compartiéndolos, etc., se han desarrollado casos famosos de los últimos años (como Napster o Grokster).

Una de las estrategias diseñadas para contrarrestar esta amenaza ha sido la de atribuir responsabilidad de los Proveedores de Servicios de Internet (a estos entes se les conoce como ISP por su sigla en inglés) que es un intermediario necesario de la actividad y por tanto para muchos contribuye a la actividad ilícita del internauta.

Algunos Antecedentes: La responsabilidad de los proveedores del servicio de Internet.

Desde 1995 en EUA se empezó a plantear la posibilidad de atribuir legalmente esta responsabilidad a los ISP sin que se definiera una posición, por considerar que era todavía prematuro para que se decidiera excluir o reducir esta responsabilidad. Pronto el foro de discusión se trasladaría al nivel internacional en donde se discutían los llamados hoy "Tratados de Internet" de la OMPI (1 y 2), pero fue realmente en la Digital Millenium Copyright Act de EUA en 1998 (DMCA) donde se establecieron las primeras pautas en torno a esa responsabilidad. Dos años después los europeos lo hacen en la Directiva 2000/31/CE de Comercio Electrónico para la Unión Europea que ha sido implementada ya en la legislación interna de varios países europeos.

La idea esencial de estas disposiciones legales es establecer un esquema para que los ISP puedan eximirse de la responsabilidad que les pueda caber por las conductas ilícitas de sus usuarios. Sin embargo, debido a la tradición jurídica de una y otra región, la forma como se implementó tal idea es diversa y se conoce como sistema vertical en EUA y sistema horizontal en Europa. La diferencia esencial es que en EUA solo se refieren a la exención de responsabilidad por infracciones de propiedad intelectual, en tanto que en Europa se cubre todo tipo de infracción, y si bien otras normas en EUA han ampliado el alcance de la exención, se reconoce que en Europa son más amplios y lo han hecho sobre la base, hasta hoy, de argumentos jurídicos de libre competencia.

En Colombia el Tratado de Libre Comercio (TLC) con EUA, que espera su aprobación en el congreso de ese país, traslada las normas de la DMCA en este tema a nuestro país, lo que nos ubica dentro del sistema vertical. La obligación que se adquiere a través del TLC es bastante detallada y su implementación en la legislación interna tiene un margen de flexibilidad mínima, que se sustenta en la idea de un “puerto seguro” para que los ISP eviten demandas por infracciones a las normas de derecho de autor, siempre y cuando pongan en práctica determinados procesos de notificación y retirada respecto de los contenidos infractores.

Lo que sucede hoy en Europa

Esta evolución explica rápidamente lo que viene sucediendo en Francia, Inglaterra y esta semana en el Parlamento Europeo (y nos prepara para lo que será un hecho sin discusión en Colombia una vez se apruebe el TLC):

La presión de los defensores de una visión radical del Derecho de Autor viene proponiendo un sistema más fuerte de responsabilidad para las ISP que se conoce como “los 3 strikes”, porque implica quitar la conexión de Internet al usuario que por tercera vez la utilice inadecuadamente. El tema ya está en discusión en Francia, que viene siendo impulsado por el gobierno francés, y ahora está sobre el tapete en Inglaterra, que ha preferido instar a las partes (quienes defienden los intereses de los autores y las propias ISP) a que lleguen a un acuerdo sobre los términos de la reforma.

Sin embargo, en Inglaterra el debate logró un primer gran viraje cuando uno de los ISP decidió modificar su actitud conciliadora y negociadora para el cambio legislativo y a través de un responsable dijo: “I cannot foresee any circumstances in which we would voluntarily disconnect a customer’s account on the basis of a third party alleging a wrongdoing" ("no puedo imaginar ninguna circunstancia en la que voluntariamente desconectemos la cuenta de un consumidor sobre la base de un tercero alegando una conducta incorrecta”).

Pero la rebelión no pararía allí. La sorpresa fue mayúscula cuando el jueves 10 de abril el Parlamento Europeo, en una votación de 314 votos a favor y 297 en contra, rechazó un informe que proponía penalizar a quienes se aprovechan de los P2P para acceder gratis a contenidos en Internet. La decisión se entiende como un rechazo a la posición francesa y un espaldarazo a los suecos, que impulsan una posición en la que "to avoid adopting measures conflicting with civil liberties and human rights and with the principles of proportionality, effectiveness and dissuasiveness, such as the interruption of Internet access" ("se evite adoptar medidas que entren en conflicto con las libertades civiles y los derechos humanos y con los principios de proporcionalidad, efectividad y disuasión, tales como la interrupción del acceso a Internet").

Un “momento decisivo” es una mirada a los otros elementos de equilibrio

Parlamento europeo

La sensación que en algunos produce la posición del gobierno francés a favor de lo que consideran medidas demasiado restrictivas (que hacen perder el equilibrio necesario para el sistema jurídico) y la discusión que se viene dando en Inglaterra la resumió Guy Bono en la plenaria del Parlamento de la siguiente manera: "On this subject, I am firmly opposed to the position of some Member States, whose repressive measures are dictated by industries that have been unable to change their business model to face necessities imposed by the information society. The cut of Internet access is a disproportionate measure regarding the objectives. It is a sanction with powerful effects, which could have profound repercussions in a society where access to the Internet is an imperative right for social inclusion" ("en este tema, me opongo firmemente a la posición de algunos Estados Miembros, cuyas medidas represivas son dictadas por las industrias que no han sido capaces de cambiar sus modelos de negocio para enfrentar las necesidades de la sociedad de la información. Cortar el acceso a Internet es una medida desproporcionada teniendo en cuenta los objetivos. Es una sanción con efectos poderosos, que puede tener repercusiones profundas en una sociedad donde el acceso a Internet es un derecho imperativo para la inclusión social").

Los argumentos y efectos de esta decisión son profundos, personalmente creo que la rueda de los intereses que deben analizarse al momento de tomar decisiones relacionadas con el derecho de autor por parte de los legisladores y políticos empieza a moverse unos centímetros. Estoy de acuerdo con la declaración del Parlamento europeo, en Internet “han cambiado de forma radical los modos clásicos de utilización de los productos y servicios culturales” y por eso es necesario considerar diversos intereses a la hora de pensar en el acceso a los contenidos en Internet “por encima de una lógica puramente económica y comercial”.

Por eso, de todo lo que se ha escrito en los blogs y en general en Internet en estos días sobre este tema es quizá el título y el sentido del post de Philippe Aigrain, “A small historical turning point” ("Un pequeño e histórico momento decisivo") el que más me ha llamado la atención. En relación con el tema concreto de la responsabilidad de los ISP y la forma como vamos a adoptarla, está claro que si el TLC se aprueba el margen de actuación de nuestros legisladores será poco, otro tema del TLC adoptado sin discusión política, pero no pierdo la esperanza: ¿será que ese pequeño llamado de atención que estamos haciendo en Colombia al Departamento Nacional de Planeación sobre la necesidad de mirar los diversos intereses detrás de las regulaciones de derecho de autor también en nuestro entorno colombiano será un pequeño momento decisivo que conseguirá que la sociedad colombiana mire un poco más allá?


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Reflexiones post Medelink: ¡cultura libre y viva!

Columnas > Libreta de Notas Por: carobotero

9 de Marzo de 2008 19:56 COT

logo Medelink

De los dos días de Medelink les he blogueado de las conferencias y de los espacios bloggers, pero poco he dicho del corazón del evento, la música. Pensé que para equinoXio hablaría de blogs, pero después de dos días de estar con varios de ellos y de verme incluso rodeada de twitteros comunicando en directo, creo que debo cambiar el chip y decidí escribir mis impresiones sobre el entorno musical que percibí en Medelink.

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Bit torrent… ¿futuro para las producciones de TV públicas?

Columnas > Libreta de Notas Por: carobotero

4 de Marzo de 2008 10:28 COT

Hace unos días, via BoingBoing, Cory Doctorow comentaba la decisión de la televisión pública de Noruega de permitir la descarga (es decir, autorizada legalmente) de uno de sus programas de televisión más populares como una forma de experimentar estas tecnologías "con el fin de poner a disposición nuestro contenido con una alta calidad sin tener que invertir en grandes repositorios de servidores y costosos anchos de banda". Parece que el experimento está dando sus frutos y por eso BoingBoing lo retomaba el fin de semana.

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“Música MP3 bajada de Internet, acto que viola los derechos de propiedad intelectual y que es ilegal”: Guillermo Santos, El Tiempo

Columnas > Libreta de Notas Por: carobotero

25 de Febrero de 2008 18:39 COT

En su columna/editorial de El Tiempo, principal diario colombiano, Guillermo Santos describe El hogar ideal en términos tecnológicos, y haciéndolo se ocupa de mencionar una serie de características técnicas que debe tener un hogar debidamente conectado para aprovechar las posibilidades de la tecnología de hoy.

Con el fin de describir la necesidad y las posibilidades de tener un disco duro compartido por los miembros de la casa recuerda que "en los hogares se manejan muchos archivos, como música MP3 bajada de Internet", y agrega: "acto que viola los derechos de propiedad intelectual y que es ilegal".

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Los profesores de la Universidad de Harvard en votación adoptan políticas de Acceso Abierto para sus publicaciones

Columnas > Libreta de Notas Por: carobotero

16 de Febrero de 2008 7:22 COT

Universidad de Harvard

El New York Times anunciaba esta semana cómo la Facultad de Artes y Ciencias de la Universidad de Harvard haría un proceso de consulta a sus miembros para establecer mediante votación una política de Acceso Abierto a sus publicaciones, lo que, como decía el periódico, significaría un importante empujón para el movimiento de Acceso Abierto en el mundo, dada la influencia de esta facultad y Universidad en el sector educativo. La propuesta fue efectivamente votada y aprobada por unanimidad el 13 de febrero pasado.

El artículo hace evidente que hay un problema central en el tema de las publicaciones universitarias que es económico y que distorsiona la finalidad de difusión que se busca en las publicaciones universitarias, presenta opiniones de diferentes miembros de la comunidad en la que queda la sensación de que su análisis era favorable a la adopción aunque subsistieran algunas preocupaciones y en esa medida explica muy bien lo que luego sucedería.

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La brecha digital es también una brecha humana

Columnas > Libreta de Notas Por: carobotero

16 de Enero de 2008 10:36 COT

Batallitas
Batallitas (Foto: José Manuel Holguín [Capitán Patata] / Flickr, licencia CC-BY-ND)

Hace un mes recibí la llamada de mi tía y esta vez no solo quería saludar: “no se me ocurre a quien más llamar, María de Jesús tiene un problema y pensé que podrías ayudar” (esto sucede frecuentemente cuando eres la única abogada en la familia). Maria de Jesús es una señora muy pobre que trabajó para mi abuelita hace muchos años, es una viejita de más de ochenta años que ocasionalmente llama a las hijas de su ex patrona para saludar y recibir apoyos económicos y morales, he crecido con la conciencia de que los problemas de María de Jesús son de una u otra forma los de mi familia, que se solidariza y la apoya en lo que puede.

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Ilustrar artículos en medios comerciales con licencias Creative Commons: el caso de Mariacecita y El País

Columnas > Libreta de Notas Por: carobotero

9 de Diciembre de 2007 8:38 COT

Esta semana la blogosfera colombiana se ha visto revuelta, unida, confrontada, etc., por el uso que en El País (diario de Cali) hicieron de una foto de Flickr. La foto en cuestión que se encuentra en la galería de este sitio es de una fotógrafa que la colgó allí con una licencia Creative Commons AtribuciónNoComercialNoDerivadas Genérica, la foto fue incluída en una de las revistas del diario (publicación con fines comerciales), editada (es decir, fue modificada) con el fin, según el diario en su carta de excusas, de "contextualizar la información relacionada con la exposición (de fotografía que se llevará a cabo pronto en Cali)".

He leído muchas de las reacciones y comentarios que se difundieron sobre el caso en la blogosfera (incluso fuera de la colombiana) y creo que es la primera vez que en Colombia se abre tanto interés sobre el tema, por lo que quiero aportar mi propia óptica como una de las promotoras de las licencias en Colombia.

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¿Nostalgia de Biblioteca?

Columnas > Libreta de Notas Por: carobotero

15 de Septiembre de 2007 11:00 COT

Acabo de llegar de participar en la última jornada del IX CONGRESO NACIONAL DE BIBLIOTECOLOGÍA Y CIENCIAS DE LA INFORMACIÓN y XII ENCUENTRO NACIONAL DE BIBLIOTECAS PÚBLICAS, tengo muchas cosas en mente como resultado de mi estancia allí (y eso que solo fue un día de los tres que duró el encuentro) y, sobre todo, algunas emociones que pensé valía la pena compartir en este a veces abandonado espacio de equinoXio (no mantener actualizada mi columna en Libreta de Notas no es falta de voluntad es solo falta de tiempo… pero vengan de vez en cuando y tendrán alguna sorpresa).

Mi charla era sobre Acceso Abierto en las bibliotecas y creo que tuvo una acogida muy positiva (a pesar de un estúpido error que cometí por las carreras contra el tiempo, ¡dije que ProQuest es una revista electrónica gratis!, lo sé, “el pez muere por la boca”), recibí felicitaciones por la pertinencia del tema en el sector, pero sobre todo por que consideraban que había abordado el tema desde sus preocupaciones en el oficio y por que a pesar de ser abogada había conseguido un discurso que era fácil de entender. ¡No se imaginan lo que estas expresiones de afecto significan para mi! Y por eso me quedé pensando en lo sucedido y quería hacer unas reflexiones en ese sentido.

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Los museos de hoy están a un clic de los museos del mañana

Columnas > Libreta de Notas Por: carobotero

17 de Mayo de 2007 9:37 COT

“Lugar en que se guardan colecciones de objetos artísticos, científicos o de otro tipo, y en general de valor cultural, convenientemente colocados para que sean examinados” (primera acepción de museo en el diccionario de la Real Academia de la Lengua Española).

Durante mi estadía en España recorríamos con mi familia carreteras de ese país simplemente para descubrir y gozar los pueblos y sus maravillas. Una de las maravillas que se repetía en estos pueblos eran los museos etnológicos, que responden a la definición que transcribo al inicio de este documento de lo que es un museo pero, ¿desde hace cuánto dejé de pensar en un museo en estos términos? No lo sé.

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El derecho de autor en el TLC

Columnas > Libreta de Notas Por: carobotero

10 de Marzo de 2007 11:45 COT

El martes estuve en la sesión conjunta de la Comisión Segunda de Senado y Cámara del Congreso colombiano, en la que se analizaba el capítulo 16, dedicado a la “Propiedad Intelectual” del Tratado de Libre Comercio (TLC) entre Colombia y Estados Unidos. Aunque iba con ánimo escéptico lo que sucedió superó mis expectativas: el análisis del capítulo de propiedad intelectual se redujo a medicamentos. No sólo me pareció insuficiente el tiempo de análisis (el cronograma prevé una jornada por capítulo) sino que también me pareció insuficiente el alcance del mismo.

Mapa del mundo que refleja ingresos por regal�as

Mapa de World Mapper que muestra qué países son los que reciben los ingresos por regalías en el mundo (en su página de origen va acompañado de los datos que lo alimentan)

Que en la economía de hoy es más importante el capital intelectual, el conocimiento, que el capital físico ya no es un secreto para nadie; que este hecho ha significado que el régimen legal que dimensiona el valor del conocimiento y controla su circulación sea ahora el eje del comercio es un resultado obligado; y que la forma como el mundo se beneficia de este capital está en desequilibrio evidente –pocos ganan- tampoco es un secreto. Sin embargo, los legisladores en países como Colombia siguen ignorando el análisis del impacto de legislar y tomar decisiones sobre este tema o al menos justificar las opciones que se adoptan.

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